Conveniencia de solicitar la tasación hipotecaria directamente al tasador

La Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario establece la obligatoriedad de tasar los inmuebles aportados en garantía de un préstamo.

La tasación se deberá realizar por una sociedad de tasación homologada por el Banco de España y su coste corresponderá al prestatario o solicitante del préstamo, según la Ley.

Si el banco intermedia en la solicitud de la tasación, incluso asumiendo en ocasiones su coste, el informe pasa a ser suyo, lo que limita tu libertad de uso y acceso a información clave como el valor de tasación, superficie real o posibles deficiencias, infracciones urbanísticas y cautelas. Esto permite a los bancos retener a los clientes y evitar que puedan estudiar ofertas en otras entidades de la competencia, ya que no facilitan al cliente el acceso al informe y, aunque lo hagan, la tasación no será válida para otros bancos, obligando al cliente a incurrir en unos gastos de tasación adicionales.

Sin embargo, cuando solicitas y pagas la tasación por tu cuenta, el informe es tuyo. Esto te permite revisarlo y usarlo para negociar mejores condiciones con varios bancos simultáneamente, sin costes adicionales. Este escenario se traduce en más competencia entre entidades y, por tanto, mejores condiciones para ti, además de ahorrarte tiempo y dinero. Además, encargar la tasación antes de dirigirte al banco acelera el proceso, ya que no dependes de los plazos y procedimientos internos de la entidad.

Por tanto, es conveniente solicitar la tasación hipotecaria directamente al tasador y no a través del banco u otros intermediarios.